Preguntas frecuentes
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00. ¿Quién es el Defensor del Pueblo Andaluz?

01. ¿Qué es el Defensor del Pueblo y cuales son sus funciones?

03. ¿Quién puede acudir al Defensor del Pueblo Andaluz?

04. ¿Para qué se puede acudir al Defensor del Pueblo Andaluz?

00. ¿Quién es el Defensor del Pueblo Andaluz?

En la actualidad, el Defensor es Jesús Maeztu Gregorio de Tejada, nacido en Medina Sidonia (Cádiz) en 1943 y Medalla de Andalucía 2010.
Para más información visite esta página.

01. ¿Quién es el Defensor del Pueblo Andaluz?

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución del Parlamento de Andalucía dedicada a proteger los derechos y las libertades de la ciudadanía comprendidos en el Titulo primero de la Constitución y en el Título primero del Estatuto de Autonomía para Andalucía (derecho a la Igualdad, derecho a la Educación, derecho a la Protección de la Salud, derecho de acceso a la Cultura, derecho a disfrutar de un Medio Ambiente adecuado, derecho a la Vivienda, derecho al Trabajo, etcétera)

Su regulación se encuentra recogida en la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Para el desarrollo de estas funciones de protección de derechos y libertades puede supervisar las actuaciones de las Administraciones Públicas de Andalucía (Ayuntamientos, Diputaciones, Consejerías de la Junta de Andalucía, Agencias públicas, Empresas públicas, Hospitales públicos, etc.)

De este modo, cuando una persona tiene un problema con alguna de estas Administraciones Públicas, puede presentar una queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz para que éste intervenga en el conflicto.

También puede plantear una consulta, si lo que desea es que el Defensor del Pueblo Andaluz le asesore en alguna cuestión que afecte a alguna de las Administraciones Públicas de Andalucía.

Finalmente, se puede solicitar que por parte del Defensor del Pueblo Andaluz se lleve a cabo una mediación. Se trata de un mecanismo flexible para la resolución de conflictos, que, en el caso de la Institución está pensada, con carácter general, para aquellos colectivos en los que resultará más eficaz celebrar un encuentro entre la Administración o administraciones afectadas y la ciudadanía, para procurar una comprensión mutua de los intereses de cada parte y, en el mejor de los casos, lograr un solución de consenso.

02. ¿Cuesta dinero presentar una queja, hacer una consulta o solicitar una mediación al Defensor?

No. Nuestra intervención es gratuita, sencilla y reservada.

03. ¿Quién puede acudir al Defensor del Pueblo Andaluz?

Cualquier persona puede pedir la intervención del Defensor. No importa la edad, el origen, la residencia o la nacionalidad.

Las personas jurídicas (asociaciones, empresas, fundaciones, ONG´s, etc.) también pueden acudir al Defensor.

04. ¿Para qué se puede acudir al Defensor del Pueblo Andaluz?

Al Defensor del Pueblo Andaluz se puede acudir:

a) Para presentarle una queja contra alguna Administración Pública de Andalucía.

b) Para solicitarle una mediación que pueda resolver una queja ante una o varias administraciones públicas.

c) Para plantearle alguna consulta.

d) Para proponer iniciativas al Defensor, lanzándole ideas o propuestas para acometer nuevos proyectos sobre problemas que interesan y afectan a la ciudadanía